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¿Qué es una subvención, donación, legado?

c. 1868Image via Wikipedia

Entendemos por subvención los fondos que las empresas reciben de la Administración Pública o entidades privadas, con carácter no periódico y con la finalidad de constituir una ayuda financiera, que a menudo
comporta tener que cumplir determinadas condiciones en las actividades de explotación (por ejemplo, la instalación en una zona geográfica determinada, la contratación de personal que reúna unas determinadas
características, etc.).

La donación queda definida como una forma de adquirir el inmovilizado caracterizada por la recepción gratuita de un cierto bien, es decir, sin ninguna contraprestación. Por su parte, se conoce como legado� a aquellos bienes o derechos atribuidos a una persona, física o jurídica, por sucesión particular. Quedan separados de la herencia y no son objeto de reparto entre los herederos. La empresa no debe realizar ningún tipo de contraprestación.

Las subvenciones, donaciones y legados no reintegrables se contabilizarán inicialmente, y con carácter general, como ingresos diferidos en el patrimonio neto de la empresa y se imputarán como ingreso, en la  cuenta de pérdidas y ganancias, sobre una base sistemática y racional de forma correlacionada con los gastos derivados de la ayuda recibida. Si las subvenciones, donaciones y legados son recibidas de los socios de la empresa, éstas no son consideradas ingresos, sino una aportación de los propietarios, y como tales deben contabilizarse como un incremento en los fondos propios de la sociedad; como dice el marco conceptual, debe prevalecer el principio del fondo de la operación sobre la forma como se realice.

2 respuestas a «¿Qué es una subvención, donación, legado?»

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